{
  "question_text": "Durante una revisión de cierre por cumplimiento, usted confirma que la cuenta del cliente está sujeta a una orden de bloqueo de la OFAC. ¿Cuál conjunto de acciones es requerido?",
  "options": [
    "Detener el cierre estándar, mantener los fondos bloqueados en una cuenta segregada que genera intereses, presentar un reporte de bloqueo ante la OFAC dentro de los 10 días hábiles y mantener la cuenta abierta hasta que la OFAC autorice la disposición por escrito",
    "Proceder con el cierre estándar y enviar un reporte de bloqueo a la OFAC dentro de los 30 días calendario posteriores al cierre",
    "Cerrar la cuenta de inmediato, transferir los fondos a una cuenta de depósito federal y notificar a la OFAC dentro de los 10 días hábiles",
    "Suspender la cuenta, solicitar instrucciones al cliente para la disposición de fondos y presentar un reporte de bloqueo después de que los fondos sean devueltos"
  ],
  "correct_answer": "Detener el cierre estándar, mantener los fondos bloqueados en una cuenta segregada que genera intereses, presentar un reporte de bloqueo ante la OFAC dentro de los 10 días hábiles y mantener la cuenta abierta hasta que la OFAC autorice la disposición por escrito",
  "correct_response": "Correcto. Los procedimientos de cierre estándar no aplican a las cuentas bloqueadas. La cuenta permanece abierta y restringida, los fondos se segregan en una cuenta que genera intereses y el reporte de bloqueo debe presentarse dentro de los 10 días hábiles. Se requiere autorización escrita de la OFAC antes de que ocurra cualquier disposición.",
  "incorrect_response": "Una cuenta bloqueada no puede cerrarse mediante procedimientos estándar. La cuenta debe permanecer abierta y restringida. Los fondos bloqueados van a una cuenta segregada que genera intereses. Se presenta un reporte de bloqueo ante la OFAC dentro de los 10 días hábiles de la acción de bloqueo. La cuenta permanece abierta hasta que la OFAC proporcione autorización escrita para la disposición — ninguna acción puede tomarse antes de que llegue esa autorización.",
  "unsure_response": null,
  "question_bank": [
    {
      "question_text": "Un miembro del equipo de cumplimiento identifica actividad sospechosa al mismo tiempo que se toma una decisión de cierre. Según la regla de prioridad del SAR, ¿cuál es el siguiente paso correcto?",
      "options": [
        "Presentar el SAR en el Formulario 111 de FinCEN y registrar la referencia de la presentación antes de tomar cualquier acción de cierre",
        "Iniciar el cierre primero, luego presentar el SAR dentro de los 10 días hábiles para mantener el cronograma",
        "Presentar el SAR e iniciar el cierre simultáneamente para evitar demoras en el procesamiento",
        "Diferir el SAR hasta que el cierre esté completo para evitar alertar al cliente"
      ],
      "correct_answer": "Presentar el SAR en el Formulario 111 de FinCEN y registrar la referencia de la presentación antes de tomar cualquier acción de cierre",
      "correct_response": "Correcto. El SAR debe presentarse primero y la referencia de la presentación debe registrarse en el expediente del caso antes de que comience cualquier paso del cierre.",
      "incorrect_response": "Cuando hay actividad sospechosa involucrada, el SAR se presenta en el Formulario 111 de FinCEN y la referencia de la presentación se registra en el expediente del caso antes de que comience cualquier acción de cierre. Ningún paso del cierre puede proceder hasta que esto esté completo.",
      "unsure_response": null
    },
    {
      "question_text": "Una verificación 314(a) durante la revisión de cierre arroja una coincidencia para el cliente. ¿Cuál es la respuesta requerida?",
      "options": [
        "Pausar el cierre de inmediato y seguir los procedimientos de la Sección 18 antes de proceder",
        "Proceder con el cierre y notificar a FinCEN de la coincidencia dentro de los 10 días hábiles",
        "Completar el cierre y documentar la coincidencia 314(a) en el expediente del caso",
        "Presentar un SAR y continuar el cierre usando procedimientos expeditos de decisión comercial"
      ],
      "correct_answer": "Pausar el cierre de inmediato y seguir los procedimientos de la Sección 18 antes de proceder",
      "correct_response": "Correcto. Una coincidencia 314(a) requiere una pausa inmediata del cierre. Los procedimientos de la Sección 18 aplican antes de que se tome cualquier acción adicional.",
      "incorrect_response": "Si una verificación 314(a) arroja una coincidencia, el cierre debe pausarse de inmediato y los procedimientos de la Sección 18 deben seguirse antes de que se tome cualquier acción adicional de cierre. Continuar el cierre interrumpiría una solicitud activa de información de las autoridades policiales.",
      "unsure_response": null
    }
  ],
  "enrichment_content": "<p><strong>Órdenes de bloqueo de la OFAC:</strong> Los procedimientos de cierre estándar no aplican a las cuentas bloqueadas. Los fondos bloqueados deben mantenerse en una cuenta segregada que genera intereses. Se presenta un reporte de bloqueo ante la OFAC dentro de los 10 días hábiles de la acción de bloqueo. La cuenta permanece abierta y restringida hasta que la OFAC proporcione autorización escrita para la disposición.</p><p><strong>Prioridad del SAR:</strong> Si hay actividad sospechosa involucrada, el SAR se presenta en el Formulario 111 de FinCEN y la referencia de la presentación se registra antes de que comience cualquier paso del cierre.</p><p><strong>Coincidencia 314(a):</strong> Una coincidencia en una búsqueda activa de FinCEN 314(a) requiere una pausa inmediata del cierre pendiente los procedimientos de la Sección 18.</p>"
}